Historia del Comité Paralímpico Colombiano
En el mundo, el Movimiento Paralímpico comenzó en Inglaterra y Holanda, con Sir Ludwig Guttman y Charlie Atkinson, neurólogo y fisioterapeuta, respectivamente, quienes iniciaron un trabajo de rehabilitación e inclusión social a través del deporte, con todos aquellos soldados que sufrieron los embates de la II Guerra Mundial. Esto comenzó en el año 1948.
20 años después, a partir de 1968, en Colombia comenzó a hablarse de la discapacidad y a tenerse en cuenta el deporte como un mecanismo de rehabilitación. Por ello, en el marco del II congreso Nacional de Fisioterapia, se presentó un trabajo relacionado con la práctica del baloncesto en silla de ruedas, el mismo que permitió que en el año de 1972, durante el III Congreso Nacional de Fisioterapia, asistiera Sir Ludwig Guttman, como asesor en la construcción del movimiento deportivo colombiano para personas en silla de ruedas. Ese mismo año, Colombia fue invitada por Guttman a los Juegos Mundiales de Stoke Mandeville realizados en Holanda.
Sin embargo, fue hasta el 3 de febrero de 2001, que se conformó el Comité Paralímpico Colombiano. Esto, gracias a la Ley 582 de junio 8 del año 2000 por medio de la cual, se definió el deporte asociado de personas con limitaciones físicas, mentales o sensoriales.
Dentro de esta Ley se define al Comité Paralímpico Colombiano, CPC, como una entidad de derecho privado que cumple funciones de interés público y social, encargado de organizar y coordinar a nivel nacional e internacional la actividad deportiva, recreacional y de aprovechamiento del tiempo libre para dicho sector de personas, con la estructura del deporte asociado y funciones concordantes con las del Sistema Paralímpico Internacional.
El CPC, se conforma por la Asamblea General, el Comité Ejecutivo, un Revisor Fiscal Principal con su suplente, una Comisión Disciplinaria y Comisiones permanentes creadas, designadas y reglamentadas por el Órgano de Administración.
Dentro de la Asamblea General, están los presidentes o Representantes de las Federaciones Deportivas Nacionales de Personas con Limitaciones Físicas, Mentales o Sensoriales, los miembros del Comité Paralímpico Internacional, IPC y del Conferencia Interamericana de Seguridad Social o de la entidad que haga sus veces de nacionalidad colombiana.
Esas Federaciones Deportivas son:
- FEDESIR – Federación Colombiana de Deportes para Personas con Discapacidad Física.
- FEDELIV – Federación de deportes de limitados visuales.
- FEDES – Federación Colombiana de Deporte Especial.
- FECDE PC – Federación Colombiana de Deportistas con Parálisis Cerebral.
- FEDECOLDES – Federación Colombiana Deportiva de Sordos.
Con esta estructura, el Comité Paralímpico Colombiano ha alcanzado grandes logros, el más reciente, lo hecho en los Juegos Parapanamericanos Lima 2019, donde la delegación nacional obtuvo un total de 133 medallas, cifra que superó a las 90 preseas de Toronto 2015.
El deporte paralímpico en Colombia está en crecimiento y es cada vez más notorio, pues a partir del 4 de enero de 2019, la Ley 1946, entró a modificar la pasada (582 de 2000), con el fin de reestructurar el sistema paralímpico colombiano, armonizándolo con las normas internacionales vigentes.
Desde el momento de la promulgación esta nueva Ley, el Comité Paralímpico Colombiano actúa como un organismo deportivo autónomo de derecho privado sin ánimo de lucro, de duración indefinida, de integración y jurisdicción nacional, cuya conformación y funciones se rigen por la normatividad paralímpica internacional, con sujeción a las disposiciones constitucionales, estatutarias y legales vigentes.
Igualmente, comienza a ser parte del Sistema Nacional de Deporte y miembro del Consejo Nacional Asesor de COLDEPORTES y sujeto a la inspección, vigilancia y control por parte de COLDEPORTES. Así se define en el Artículo 2° de la citada Ley.
A partir de ahora y con esta nueva normativa, el CPC, comenzará todo un proceso de reestructuración que deberá estar listo en un término de dos años, donde existirán seis Federaciones integradas (las mismas federaciones convencionales), que deberán tener una comisión.
Mientras que las federaciones paralímpicas, se organizarán dependiendo de los deportes y deberán crear la suya propia, como es el caso del voleibol sentado.
También, es necesaria la creación de nueve comisiones afiliadas al CPC, de las cuales, solo cuatro son de deportes de verano y las cinco federaciones por discapacidad ya existentes, tendrán un número menor de deportes a los que tienen actualmente. Todos estos cambios, están regidos a su vez, por el sistema internacional paralímpico.